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Economía
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07 de June de 2023
Qué salarios no pagarán Ganancias sobre el aguinaldo
La exención del pago de Ganancias sobre los aguinaldos beneficiará a más de medio millón de trabajadores de todo el país.
El ministro de Economía de la Nación, Sergio Massa, anunció este miércoles que en la primera cuota del Aguinaldo, los salarios brutos de hasta $ 880.000 quedarán exentos del impuesto a las Ganancias. La medida beneficiará a más de medio millón de trabajadores y trabajadoras de todo el país.
 
Se trata de un beneficio extraordinario por única vez para los trabajadores que pagan el impuesto a las Ganancias, con el objetivo de que recompongan el poder adquisitivo y proyectando que esta mejora del salario de bolsillo se traducirá en mayor consumo y actividad económica.

La medida beneficia a 513 mil trabajadores de todo el país que están alcanzado por el impuesto a las Ganancias y registran salarios brutos mensuales de entre $506.230 y $880.000. Así, más de la mitad de los trabajadores que hoy pagan Ganancias se verán alcanzados por este beneficio.
 
La medida implica una mejora de bolsillo promedio por empleado ronda los 112 mil pesos, y un incremento sobre el sueldo mensual promedio de bolsillo del 26%.
 
Los más de 500 mil contribuyentes que sí son alcanzados por la normativa podrán estar exentos de la obligación tributaria sólo durante junio. El resto del año, si exceden la barrera de ingresos impuesta por la legislación vigente, deberán pagar el monto correspondiente.
 
Cómo se calcula el aguinaldo

En el caso del Sueldo Anual Complementario (SAC), aguinaldo, la retención del impuesto se va calculando mes a mes. Por esto, la medida propone devolver lo retenido para estos salarios en dos cuotas mensuales, iguales y consecutivas, junto con el cobro de las remuneraciones mensuales devengadas en los meses de junio y julio. Para ello, los empleadores deberán exponer la devolución en un renglón separado del recibo de sueldo, identificando claramente el beneficio de la medida.
 
Según la Ley 27.073, que en 2015 modificó el artículo 122 de la Ley de Contrato de Trabajo, la primera cuota del aguinaldo se puede pagar hasta el 30 de junio: este año, esa fecha cae viernes.
 
El importe del aguinaldo en cada semestre se liquida sobre el cálculo del cincuenta por ciento (50%) de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los dos semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año.
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